En este artículo hablaremos de las funciones del consejo de administración según la ley 675. Sabemos que el administrador no esta facultado para tomar las decisiones solo, sino que cuenta con un grupo de personas que es elegido por la asamblea, llamado consejo de administración, quienes trabajan conjuntamente en pro de la copropiedad.
Descubre cuáles son las principales funciones del consejo de administración, su responsabilidad y autonomía.
✅ Funciones del consejo de administración
De acuerdo con el artículo 55, al consejo de administración le corresponderá tomar las determinaciones necesarias en orden a que la persona jurídica cumpla sus fines, de acuerdo con lo previsto en el reglamento de propiedad horizontal.
Como podemos ver, según la ley 675, la consagración de un consejo de administración depende del tipo de propiedad y del reglamento de propiedad horizontal y sus facultades giran en torno a ser intermediario entre los propietarios y el administrador.
Vale la pena resaltar que el consejo de administración no representa a los copropietarios ante las autoridades y terceros, sino que solamente realiza gestiones de coordinación, orientación y asesoría a la administración de turno, pero estas funciones pueden cambiar dependiendo de las facultades que la asamblea de propietarios le otorgue a este órgano.
En los reglamentos de propiedad horizontal se suelen incluir funciones para el consejo de administración, muchas de ellas contrarias a las que señala la ley. Por esta razón, se generan conflictos de competencia con la asamblea general, el administrador y el revisor fiscal.
Germán Molano, presidente del Colegio de Administradores de Propiedad Horizontal de Bogotá anota que sí está facultado para asesorar al administrador y vigilar que este cumpla la ley, el reglamento y lo ordenado por la asamblea.
Además, debe revisar mensualmente el estado material del edificio o conjunto, y la ejecución presupuestal para su mantenimiento; igualmente, debe estar al tanto de que los controles de sanidad y seguridad con respecto a la tenencia de mascotas se cumpla y, de paso, controlar –pero no impedir– la inversión del dinero ordenado por la asamblea para la copropiedad.
🏢 ¿Toda propiedad está obligada a tener un consejo de administración?
Según el artículo 53:
Los edificios o conjuntos de uso comercial o mixto, integrados por más de treinta (30) bienes privados excluyendo parqueaderos o depósitos, tendrán un consejo de administración, integrado por un número impar de tres (3) o más propietarios de las unidades privadas respectivas, o sus delegados.
En aquellos que tengan un número igual o inferior a treinta (30) bienes privados, excluyendo parqueaderos y depósitos, será potestativo consagrar tal organismo en los reglamentos de propiedad horizontal.
Para edificios o conjuntos de uso residencial, integrados por más de treinta (30) bienes privados excluyendo parqueaderos o depósitos, será potestativo consagrar tal organismo en los reglamentos de propiedad horizontal.
💯 Quórum necesario para la toma de decisiones del consejo
De acuerdo con el artículo 54 El consejo de administración deliberará y decidirá válidamente con la presencia y votos de la mayoría de sus miembros, salvo que el reglamento de propiedad horizontal estipule un quórum superior, con independencia de los coeficientes de copropiedad.
De esta manera la ley establece las principales funciones de este consejo que es de gran utilidad para vigilar los recursos de la propiedad y a la vez para servir de mediador entre la administración y los copropietarios.
Espero que esta publicación haya respondido a las inquietudes que tenias con respecto al consejo de administración, en la siguiente entrada de blog hablaremos de las funciones que tiene el revisor fiscal de una copropiedad y porque su rol es tan importante en la propiedad horizontal.