El ruido es posiblemente el mayor problema que se presenta en los conjuntos residenciales. Las personas que allí habitan coinciden en haber experimentado esta situación al menos una vez, en casos con mayor frecuencia ha trascendido incluso a sanciones legales.
El ruido y la Convivencia
¿Qué medidas podemos tomar contra un vecino ruidoso?, ¿Qué leyes moderan del ruido en las copropiedades? en este post daremos respuesta a estas preguntas y profundizaremos en la importancia de crear un buen ambiente, donde prime el bien común por encima del bien personal.
De esta manera el primer punto del que hablaremos es la regla básica de la convivencia.
La regla básica de convivencia
Empecemos por la más básica de las reglas y es la regla de convivencia, esto es una regla general que se debe inculcar desde casa, que debe estar dentro de la cultura general y es: no perturbar la tranquilidad de los vecinos,
Todos debemos entender que en el lugar donde habitamos estamos rodeados de niños, adultos mayores, personas que se encuentran enfermas, bebés recién nacidos, estudiantes y un sinfín de personas que, al igual que nosotros, tienen derecho a la tranquilidad.
¿Qué dice la ley acerca del ruido en las copropiedades?
El artículo 18 de la ley 675 de 2001 establece: Obligaciones de los propietarios respecto de los bienes de dominio particular o privado. En relación con los bienes de dominio particular sus propietarios tienen como obligación:
- Usarlos de acuerdo con su naturaleza y destinación, en la forma prevista en el reglamento de propiedad horizontal, absteniéndose de ejecutar acto alguno que comprometa la seguridad o solidez del edificio o conjunto, producir ruidos, molestias y actos que perturben la tranquilidad de los demás propietarios u ocupantes o afecten la salud pública.
Partiendo del numeral uno del articulo dieciocho, podemos entender que está prohibido perturbar la tranquilidad de los vecinos, aunque sabemos que como seres humanos, muchas veces es necesario de una prohibición por parte de un ente gubernamental, para cumplir con los deberes convivenciales.
¿Qué mecanismos tenemos a la mano?
Ahora, también sabemos que cada conjunto u edificio tiene su reglamento interno y su manual de convivencia, es decir que, a partir del momento en que se firma el contrato, cada persona aceptó y adoptó el reglamento interno de la copropiedad.
No obstante, el código de policía brinda la facultad de desconectar temporalmente la fuente de ruido por lo que de esta manera se debe entender que límite de ruido es permitido. Según la Secretaria de Ambiente de Bogotá, para lugares habitacionales es de 65 decibeles en el día y 55 en la noche (puede variar en algunas ciudades).
Siempre es importante realizar el debido proceso, es decir, que el primer paso es solicitar al vecino que controle la fuente del ruido molesto, si este no percata su solicitud, el siguiente paso es solicitar la ayuda de administración y al comité de convivencia, como medida extrema, llamar a la policía.
Cabe recordar que estos actos pueden acarrear una multa por convivencia y no solamente la posible multa impuesta por el conjunto, sino también puede repercutir en una multa por parte de la policía, la cual varía según la gravedad de la falta y pueden llegar hasta los 32 salarios mínimos, contemplado en el Código Nacional de Policía y Convivencia ARTÍCULO 33. COMPORTAMIENTOS QUE AFECTAN LA TRANQUILIDAD Y RELACIONES RESPETUOSAS DE LAS PERSONAS.
Recomendación
Lo recomendable es establecer un diálogo con el vecino que tiene la fuente de ruido, en un tono respetuoso y amable, para que lo disminuya.
Si la persona es recurrente en este acto, es ideal llamar a la policía, marcando al 123 en Bogotá, teniendo en cuenta que es la policía quien puede aplicar el correctivo necesario.
Ratifico que esto se debe hacer en situaciones extremas, cuando el ruido es demasiado alto y es molesto, pues todos tenemos derecho a escuchar música con un volumen aceptable, sin molestar a otros
En los casos donde se presenta frecuentemente, es necesario recordar que cada conjunto tiene su comité de convivencia y a la vez su manual, donde se contemplan los medios de conciliación más eficientes y que a su vez ayudan a mejorar el ambiente de la propiedad.
La invitación es para que en los conjuntos,hagamos uso inteligente y adecuado de las herramientas que tenemos a nuestra disposición, incentivando la buena convivencia entre propietarios.